JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 08 de Diciembre de 2010.
200° y 151°
Visto el anterior libelo de demanda y los recaudos acompañados presentados por el abogado: LUIS LAURENCE MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-6.900.450, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 35.817, en su carácter de Apoderado Judicial del "BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., Sociedad Mercantil, por medio del cual demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA MOBILIARIA, al ciudadano FREDDY PASCUAL RICCI SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.141.832, y por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho y se ordena darle el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, de conformidad con el Articulo 70 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento de Posesi.....