en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Ofíciese al Director del Ministerio del Poder Popular para la Educación, Cultura Y deporte del Estado Barinas, a los fines que envié la cuota parte del dinero que les puedan corresponder por concepto de prestaciones Sociales, haberes en Caja de Ahorro, prestaciones del Seguro Social, y cualquier otro concepto que le pudiera corresponder a la niña y adolescente (se omiten), con ocasión a la muerte de su madre ciudadana YSABEL CRISTINA GONZALEZ URQUIOLA, quién era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-11.185.389, a los fines de su administración por este Tribunal conforme a los artículos 267 del Código Civil y 177 Parágrafo Segundo Literal “b” LOPNA. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público. Líbrese el oficio y boleta respectiva.