Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la penada MÓNICA CRISTINA SIERRA NAVARRO, titular de la cedula de identidad No. 19.460.928, Venezolana, natural de Maracaibo, de 18 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, soltera, hijo de Edith Navarro y Jairo Sierra, residenciado en Barrio San Sebastián, Av. 49A, Casa N° 126B-57, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, quien fue condenada a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por el delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio de JEAN CARLOS NUÑEZ, y por cuanto el mencionado penado se encuentra recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo, s.....