este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el RECURSO DE NULIDAD conjuntamente con AMPARO CAUTELAR, interpuesto por la Abogada JUDITH NIETO ALBORNOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.641.662, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 48.375, en su carácter de Apoderada Judicial de la ASOCIACION COOPERATIVAS BOLIVARIANAS 58 (ASOCOBO 58), representada por los ciudadanos JUAN CARLOS BRICEÑO CALDERON, NESTOR ENRIQUE SURAMY LOPEZ y ROBERTO DUARTE CHACON, en su carácter de PRESIDENTE, SECRETARIO Y TESORERO DE LA JUNTA DE ADMINISTRACIÓN DE LA MENCIONADA COOPERATIVA, contra de la Providencia Administrativa N° 337-2006, de fecha 09-05-2006, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO TACHIRA.