Por cuanto el decreto de la medida solicitada constituye un medio suficiente para salvaguardar los intereses de ambas partes en litigio y la futura ejecución de una sentencia favorable a cualquiera de ellas, resulta procedente, decretar la medida de prohibición de enajenar y gravar sobre los siguientes inmuebles propiedad de la demandada consistentes en, PRIMERO: Un inmueble propiedad de los demandada, consistente en una casa para habitación y parcela en ella construida ubicada en la residencia Los Cocos casa Nº 1, vía principal a la base aérea, sector 03, manzana NM, parcela NP, Barrio Aeropuerto, en Santa Bárbara Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Mejoras de Luis Lobo; SUR: Mejoras de John Zambrano; ESTE: Vía que conduce a la Base Aérea; OESTE: Terreno ejido; debidamente protocolizado por ante el Registro Público Inmobiliario de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco del Estado Barinas, bajo los Nros. 21,.....