este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, INADMISIBLE por caducidad, la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuesta por la ciudadana MILDRE RINCÓN, titular de la Cédula de Identidad número 10.555.656, asistida por la Procuradora Especial de Trabajadores, abogada MILAGRO DELGADO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 104.449, contra el ciudadano (CNEL) CARLOS ARMANDO MAYORA RIVAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.114.648, en su condición de Director de Coordinación Policial de la ESCUELA DE POLICÍA REGIÓN LOS ANDES.