...la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como únicos y universales herederos del de-cujus Mario Guerrero Ramírez, a los ciudadanos, Flor María Espinoza de Guerrero, Cesar Eduardo Guerrero Espinoza, Fernando Ali Guerrero Espinoza, Sonia Beatrys Guerrero Espinoza, Richard Oscar Guerrero Espinoza, Mary Dayana Guerrero Espinoza y Jeaneth Coromoto Guerrero Espinoza, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-4.488.149, 25.151.004, V-15.921.411, V-10.556.837, V-11.462.288, V-20.198.719 y V-20.198.720, respect.....