imparte la homologación al desistimiento de la acción y del procedimiento, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se revoca la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 30-03-2004, y se ordena participar lo conducente a la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Barinas del estado Barinas. Asimismo, se ordena oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, solicitándole la devolución de la comisión librada y remitida con oficio N° 0348 de fecha 15 de abril del 2004. Líbrense oficios. Igualmente, se ordena sólo la devolución de los originales cursantes a los folios 11 y 13 de la pieza principal y de las copias certificadas de los folios 05 al 94 del cuaderno de medidas ambos inclusive, previa certificación en autos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de la respectiva copia se autoriza amplia .....