Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ VERGARA, representado por el Abogados en ejercicio ARGENIS MAGGIORANI VALECILLOS y ANDRÉS ALBARRÁN RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.007 y 88.542, en contra de la ASOCIACIÓN CIVIL UNIÓN TÁCHIRA, representada por su presidente ciudadano Humberto Raúl Saavedra Yépez.