Se declaró con lugar el recurso de revocación interpuesto por la representación fiscal. Como colorario de dicha decisión se declaró admisible el recurso de apelación interpuesto por la Representación Fiscal en fecha 04.12.03, el cual cursa por ante esta Alzada bajo el N° EP01-R-2003-196. De conformidad con el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se reservó el lapso de las diez audiencias para dictar la decisión que corresponda. Se ordenó notificar a las partes.