En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR y en consecuencia fija la cantidad de: CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000,oo), mensuales, que deberá suministrar el Ciudadano: Gamal Hamed, a partir del mes de agosto del presente año. Así se decide.-
Igualmente en la oportunidad del pago de la bonificación especial por concepto de uniformes y útiles escolares, vestido y regalos de navidad, correspondiente en los meses de agosto y diciembre, el demandado alimentario deberá suministrar el doble de la cantidad acordada por concepto de obligación alimentaria, es decir, la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 800.000,oo), en beneficio de sus hijas: Liliana Carolina y Shainely Alexandra Hamed Salas. Así se decide.-
Dichas cantidades deberán ser depositadas por el obligado alimentario en .....