este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado Jorge Arellano, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.622, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 01 de diciembre de 2009, por el Juzgado de Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Quedando CONFIRMADA la decisión apelada.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de Reivindicación interpuesta por la ciudadana SARA SARABIA ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 6.095.482, por intermedio de sus apoderados judiciales, abogados Silvio Pérez Vidal y Saiah Azkul Abou Asali, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 2.644 y 69.958, respectivamente, contra los ciudadanos DALBIS MANRIQUE y JULIO MÁRQUEZ, titulares de las cédulas de ide.....