Se Declaro: Primero: Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jorge Ramón Ramírez en su condición de Defensor Público de los acusados Edixon José Suárez Ollarve, Javier Alexander García Giraldo y Jesús Manuel Requeña Bareño, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de fecha 11 de Agosto de 2.014. Segundo: Se Confirma la decisión dictada por el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal dictada en fecha 11 de Agosto de 2.014, en contra de los acusados Edixon José Suárez Ollarve y Jesús Manuel Requeña Bareño, a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Coautores, previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el 83 del Código Penal venezolano y al acusado Javier Alexander García Giraldo, a cumplir la pena de once (11) años y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Coautores, previs.....