Visto lo anterior este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del de cujus NEDER ANTONIO ORTEGA GOA, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.344.936, al ciudadano: JOSÉ DE JESÚS ORTEGA GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.135.993, en su condición de padre del de cujus up supra identificado.
Asimismo, se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse en originales estas actuaciones judiciales a la parte interesada, conforme a lo peticionado en el.....