En consecuencia y por cuanto la obviedad del error enunciado ameritó la tramitación de la presente Solicitud de Rectificación del Acta de Defunción de su padre FELIPE RAMON AMBERTO, en forma SUMARIA y por no existir interesado alguno que pudiera resultar perjudicado, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud y ordena, a los ciudadanos Coordinador de la Oficina Municipal de Registro Civil, del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, y Registrador Principal del Estado Carabobo, estampar la debida nota marginal en la Acta de Defunción, previamente determinada, así:
"...con: Jacinta González, deja doce hijos de nombres: Alex; Wilmer, Alieser, Marlene, Ingrid, Marisol, Grisalida, Gladys, Felipe, Nardi.....