Con base en las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Con fundamento a lo establecido en los artículos 25, 26, 30, 49 y 257, todos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de las disposiciones contenidas en los artículos 168, 169, 173, 174 y 175, 337, 338, y 340, todos del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, se anula de oficio la sentencia recurrida, mediante la cual se absolvió a la ciudadana Carmen María Mendoza Rivera, de la presunta comisión del delito de trafico en la modalidad de transporte de sustancias, estupefacientes y psicotrópicos, en perjuicio del Estado Venezolano, por haber sido dictada en contravención a principios constitucionales, procesales y penales; deján.....