En consecuencia, la declaración de únicos y universales herederos es procedente en derecho, razón por la cual este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como únicos y universales herederos del de-cujus, Arquímedes Alberto Camacho González, quien fuera venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.499.848, fallecido ab-intestato en fecha 18 de febrero de 2019, a los ciudadanos: Carmen Sunilda González de Camacho, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.931.208, domiciliada en la Población de Barinitas Municipio Bolívar Estado Barinas, (en su condición de cónyuge) y sus .....