este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Luís Alfredo Jara Trejo y Yomaira Alejandra Silva Colmenarez, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, por ante Registro Civil de la Parroquia José Antonio Páez, del Municipio Pedraza, del Estado Barinas, tal como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 1.