D E C I S I Ó N:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de La Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los trece días del mes de enero de dos mil cuatro. Años 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
La Juez Temporal,
Abg. Linda Musali.
La Secretaria,
Abg. Mercedes Santiago.
En la misma fecha siendo las 1:30 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia. Conste.
Scría.-