PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos éste Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación
Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción
Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, resuelve:
• Declara CON LUGAR la solicitud de Justificativo de Carga Familiar presentada por la
ciudadana OMAIRA DE JESUS MOLlNA CASTRO, titular de la cédula de identidad W V.-
3.2!;)5.798, de éste domicilio, en su condición de abuela Paterna de los adolescentes se omiten , de 16 y 15 años de edad,
respectivamente, en consecuencia:
• Declara a los adolescentes se omiten , de
16 y 15 años de edad, respectivamente, como CARGA FAMILIAR de la ciudadana OMAIRA DE
JESUS MOLlNA CASTRO, titular de la cédula de identidad N° V.-3.295.798; con la finalidad
única y exclusiva de que pueda disfrutar de los beneficios que le pueden corresponder a sus
NIETOS producto de.....