DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que despliega el ciudadano AUDREY MARQUINA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad № V-8.038.303, sobre el predio denominado "MI QUERENCIA", ubicado en el sector Suripá Arriba, Parroquia Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas, cuyos linderos particulares son: Norte: Partiendo del punto 40 de poligonal, hasta encontrar el punto 01 de plano topográfico y de aquí hasta reencontrarse con el punto 10 donde se encierra la poligonal Norte, con mejoras que son o fueron de Cristób.....