DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por vía de revisión de conformidad con lo previsto en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, SUSTITUYE la medida decretada en fecha 02-06-2005, por una Medida Cautelar Menos Gravosa conforme a los ordinales 3°,6°,4° y 9° del articulo 256 eiusdem a favor del imputado ENDER KEINY MOLINA RODRÍGUEZ, ampliamente identificado en autos, cumplidos los extremos exigidos en el articulo 250 eiuedem, que fueron examinados en la oportunidad anterior.
LA JUEZ QUINTA DE CONTROL.
LA SECRETARIA
ABG. DORA RIERA.....