Se Declaro: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia interpuesto por el abogado José Lubin Vielma, en su condición de Defensor Privado del acusado Cosme Damian Hernández, contra la decisión dictada en fecha 30 de Mayo de 2016, por el Tribunal Itinerante de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual dictó Sentencia Condenatoria, y le ordena cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el artículo 463 numeral 4º del Código Penal, cometido en perjuicio de Johan Mendoza; SEGUNDO: Se CONFIRMA la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 30 de Mayo de 2016, al acusado Cosme Damian Hernández, plenamente identificado en autos, por el Tribunal Itinerante de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual dicto Sentencia Condenatoria, por la comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el Artículo 463 numeral 4º del Código Penal, en perjuicio de Johan Mendoza.