En mérito de los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara inadmisible la demanda de partición y liquidación de bienes, presentada por la abogada en ejercicio Katerin del Valle Romero Morón, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Orangel Mercedes, Alirio, Argenis José, Gladys Midrey, Eliveira Mercedes y Alexander Daniel, todos Berríos González, intentada en contra de las ciudadanas Yamileth María Berríos González y Rosa Alba Berríos González.
SEGUNDO: Se declara la inepta acumulación de pretensiones, por reclamar conjuntamente la partición y liquidación de bienes y rendición de cuentas, en el escrito libelar, de conformidad con el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil.
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