DECISIÓN
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para Decretar Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria presentada por los ciudadanos Nereida Rosario Berrios y José Adrián González Rosario, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.811.500 y V-27.981.902 en su orden, representado judicialmente por el abogado Jorge Luis Rivas Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.144.310, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.997, sobre predio denominado "MATA DE PALMA", ubicado en el Sector La Vega del Molino; parroquia Calderas, municipio Bolívar del estado Barinas, conformado por una superficie de Dos Hectáreas (02 Has), dentro de los siguientes.....