en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION SOLICITADA, ordenándose en consecuencia tener por correcto en las Partidas de Nacimiento del niño ANGELO MOISES ROA, de siete (07) años de edad, la fecha de nacimiento como VEINTINUEVE DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE (29-06-1.997). Una vez quede ejecutoriada la presente sentencia expídanse las copias certificadas de Ley, notifíquese mediante oficio al Prefecto de la Parroquia Corazón de Jesús del Estado Barinas y al Registrador Principal de éste Estado Barinas a los fines previstos en el artículo 502 del Código Civil. Diarícese y Cúmplase.