En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos MARISOL PALACIOS ARAQUE y ALEXANDER SANTIAGO GONZALEZ RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, casados, civilmente hábiles, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19. 292.760 y V-12.836.275 en su orden, domiciliados en esta Población de Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, on fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, por ante la Prefectura del Municipio Bolívar, Barinitas estado Barinas, en fecha 18 de abril del año 1.996, según se evidencia de la Copia fotostática Certificada del acta de Matrimonio