Por los fundamentos expuestos, este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio basada en la citada sentencia 693 de la ponente Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de interpretación del artículo 185 del Código Civil, de fecha 02/06/2015, causa Nº 12-1163, formulada por los Ciudadanos FREDDY GUZMAN BAUTISTA MEDINA Y MARITZA JUDITH SANABRIA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números: V-15.157.747 y V-13.142.014 respectivamente. a) DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Panamericano del Estado Táchira, en fecha 20/04/1998, según consta en copia certificada del acta de matrimonio N° 13, que riela al folio (07). b).- En relación a la Custodia, así como también en lo relativo a la custodia, patria Potestad, Obligación de Manutención.....