De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional, y por los fundamentos de hecho, de derecho y jurisprudenciales antes expuestos, este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil del Municipio Barinas Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO incoada por el Abogado CARLOS EMILIO CASTELLANO CARREÑO, cedula de identidad Nº V-9.463.588, I.P.S.A. Nº 48.291, Apoderada Judicial de BANCO VENEZUELA S.A. BANCO UNIVERSAL, Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, constitución original por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal, Tercer Trimestre de 1890, bajo el Nº 33, folio 36 vuelto del Libro de Protocolo Duplicado, inscrita en el Registro de Comercio del Distrito Federal, el día 02/09/1890, bajo e.....