Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control N° 3 de este Circuito Judicial Penal del estado Barinas en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: PRIMERO: Se HOMOLOGA el Acuerdo Reparatorio celebrado en este acto entre los imputados MILEXA MIGUELINA URQUIA DE GARCIA, venezolana, 46 años de edad, natural de Tocuyo de la Costa, Estado Falcón, nacida en fecha 04-01-1958, ocupación del hogar, grado de instrucción sexto grado, titular de la cédula de identidad N° 7.033.708, domiciliada en el Barrio La Paz, calle 1, casa n° 15, cerca de la parada y auto lavado, hija de Juan Urquia (v) Luisa Reyes de Urquia (f) y OSCAR ANTONIO MARTINEZ ROJAS, venezolano, de 40 años de edad, de ocupación chofer, natural de Carabobo, grado de instrucción Primer año de bachillerato, nacido en fecha 09-10-1965, titular de la cédula de identidad N° 7.102.989, hijo de Maria Rojas (v) y Pedro Jesús Martínez(f), domiciliado Barrio La Paz , domiciliada e.....