En consecuencia de los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente y en uso de las amplias facultades que le confiere los Artículos 677 y 520 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCION que formulara la ciudadana: OLEIDY TILIBETH VILLANUEVA CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-20.595.496, domiciliada en el Barrio San José carrera 02 entre calles 0 y 00 en la población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas., en contra del ciudadano: JOSIAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la carrera 5 entre calles 9 y 10 d.....