PRIMERO: Declaró Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por los defensores del acusado Kennedy de Jesús Agudelo Valencia, contra la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se anuló la pena impuesta por el Tribunal Tercero de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, y se rectifica la pena que se le impuso al acusado previamente identificado. TERCERO: Se condenó al imputado Kennedy de Jesús Agudelo Valencia, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad personal número 16.638,815, estudiante, natural de Barinas, residenciado en el Barrio la Esperanza, calle número 03, casa número 21-68 de esta ciudad de Barinas, a cumplir la pena de Ocho (8) años de presidio, más las accesorias correspondientes, por la comisión del delito de Robo Agravado en grado de consumación, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Venezolano y por aplicación de los artículos 37 y 74 ordinal 4° ejusdem, en perjuicio de l.....