Los adolescentes fueron sancionados en fecha 08 de Diciembre de 2011, con la Medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 620, literal, "f", en concordancia con el artículo 628, Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica para Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por el lapso de DOS (02) AÑOS, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, articulo 458 en concordancia con el articulo 83 del Código Penal.
Se determina que los adolescentes, fueron detenidos: En fecha 07 de Noviembre de 2011, por lo que han permanecido privados de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de UN (01) MES Y UN (01) DIA; que de la sanción han cumplido, hasta el día de hoy, UN (01) MES Y OCHO (08) DIAS y así mismo que les falta por cumplir: UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS, también se establece que la sanción culminaría el 08 DE DICIEMBRE DE 2013; ahora bien a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en.....