Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por por el abogado José Manuel Medina Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.808, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "G.&.F. KENDAN, COMPAÑÍA ANÓNIMA", contra la Certificación Médica Ocupacional Nº 0117/2010, dictada en fecha 02 de agosto de 2010 por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES TÁCHIRA Y MUNICIPIOS PÁEZ Y MUÑOZ DEL ESTADO APURE DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL).