Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, NIEGA LA SOLICITUD interpuesta por la Abogado AMÉRICA DÍAZ FERRER y mantiene La Privación Judicial Preventiva de Libertad a la imputada: CARMEN ALICIA MONSALVE, Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 13.501.939; de conformidad con lo establecido en el Artículo 243 Único Aparte del Código Orgánico Procesal Penal, que fuera decretada por el Tribunal de Control Nº 04, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los Artículos 5 y 6 Ordinales 1, 2, 3, 8 y 10 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del Ciudadano WENRY JESÚS MONTERO EISENGER. Notifíquese a las partes.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 04,
ABG. MARICELLY ROJAS ALVARAY.
LA SECRETARIA,
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