Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO, el desistimiento formulado por la parte actora, y se acuerda el desglose de los documentos originales solicitados, previa su certificación en autos, y se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas, siendo carga del parte interesada proveer los emolumentos para los fotostatos.
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Barinas, a los dieciséis días del mes de marzo del año 2.010. Años 199º de la Independencia y 151º de la Federación.
La Juez Temporal
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