el penado NESTOR ANTONIO PIÑA ROJAS, titular de la Cédula de Identidad N°. 20.317.170, en la Causa N°. EJ01-X-2006-000021 fue detenido preventivamente el día 07/11/2005 hasta la presente fecha, cumple el lapso de DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES Y NUEVE (09) DÍAS; aunado a la redención practicada en esta fecha por el lapso de UN (01) AÑO, VEINTICINCO (25) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, lo que resulta en total el tiempo de TRES (03) AÑOS, SIETE (07) MESES, CUATRO (04) DÍAS Y DOCE (12) HORAS de la pena impuesta, faltándole por cumplir SEIS (06) AÑOS, CINCO (05) MESES, VEINTICINCO (25) DÍAS Y DOCE (12) HORAS DE PRESIDIO; quedando la pena totalmente cumplida en fecha 11/11/2014, a las 12:00 horas.
SEXTO: El Penado podrá solicitar cualquiera de las formas de cumplimiento de pena, incluyendo la Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio de conformidad al Artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal. El penado podrá solicitar el Destacamento de Trabajo por cuanto ya cumplió con 1/.....