Revisada la presente causa se observa, que el correspondiente fallo fue dictado en fecha: 08 de Mayo de 2003, donde condena al acusado: MIGUEL LEONARDO VELAZCO GONZÁLEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.669.199 y residenciado en el Barrio La Victoria, Callejón 02, Casa N° 28-43, Barinas, Estado Barinas; a cumplir la pena de NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por el delito de: ARREBATÓN, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, habiendo quedado definitivamente y ejecutoriada la Sentencia en fecha: 16 de Mayo de 2003. Así mismo se observa que de conformidad con lo previsto en el Artículo 112 del Código Penal, establece como prescriben las penas, señalando el Ordinal 1°:
"Las de presidio, prisión y arresto, por un tiempo igual al de la pena que haya de cumplirse, más la mitad del mismo". Y habida cuenta de que, desde la señalada oportunidad en que quedara firme la correspondiente Sentencia, hasta la fecha de hoy (16-06-2006), han trans.....