D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara la CONFESION FICTA del demandado ciudadano JOSE EDGAR CONTRERAS MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 27.879.057. Y ASI SE DECIDE
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana YENIS MERCEDES TRIANA ANDRADES, Colombiana, mayor de edad, de profesión u oficio: Del hogar, titular de la cédula de ciudadanía Nº E.- 22.504.293 y Pasaporte Nº CC 22504293; domiciliada en el Barrio Simón Bolívar, carrera 15 con 16, casa s/n de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano JOSE EDGAR CONTRERAS MEDINA, venezolano, mayor d.....