Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCION PENAL en la presente causa y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la Ciudadana: GLORIS SANCHEZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.873.588, domiciliada en la Reserva Forestal de Ticoporo, Compartimiento N° A-1, Unidada III, Jurisdicción de la Parroquia Ticoporo, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas por el delito de TALA DEFORETACIONES Y APROVECHAMIENTO DE PRODUCTOS FORESTALES EN ZONA DE BAJO RAGIMEN DE ADMINISTRACION ESPECIAL previsto y sancionado en el Artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente, cometido en perjuicio del ESTA.....