DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal de Control N° 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, PRIMERO: En relación a la solicitud del Fiscal del Ministerio Público de Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial Preventiva de Libertad este Tribunal la acuerda, y en consecuencia se DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al imputado ANTONIO RAMON VIVAS BUSTAMANTE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 3.447.346, de 63 años de edad, nacido el 31/03/1943, en Pregonero Estado Táchira, ganadero, hijo de María José Bustamante (V) y de Vicente Vivas (F), residenciado Camiri, finca la Esperanza, teléfono 0273-4151168 Estado Barinas. Esto de conformidad con el artículo 256 ordinal 3°, Presentación periódica cada treinta (30) días por ante la Oficina de Atención al Publico de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se calific.....