En mérito de las consideraciones antes expuestas, Tribunal Tercero de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de desalojo intentada por la ciudadana ROSA DEL VALLE CABELLO DE MENDOZA, con fundamento en el articulo 40 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, literales "a" e "i", asistida por el abogado en ejercicio MICHAEL GALVIS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.606; contra la Asociación COOPERATIVA REMALCO, R.L, representada por el ciudadano Alirio de Jesús Uzcátegui Hernández, representada por los abogados en ejercicio ADOLFO E. CEPEDA S., Y ADOLFO E. CEPEDA L, inscritos en los Inpreabogado bajo los Nros. 29.251 y 153.729 respectivamente.
SEGUNDO: Como co.....