En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA.
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO, intentada por la ciudadana: MARIA ANDREINA GUTIERREZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 109.980, en su carácter de Co-apoderada judicial de los ciudadanos NESTOR DE JESUS OLIVAR BALDERRAMA e IRMA MEJIAS DE OLIVAR, en contra el ciudadano ALBERTO IBARRA RAMIREZ, supra identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, SE CONDENA al demandado: ALBERTO IBARRA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V.- 16.443.759, a entregar a los accionantes ciudadanos: NESTOR DE JESUS OLIVAR BALDERRAMA e IRMA MEJIAS DE OLIVAR, venezolanos, mayores de edad, t.....