Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA IMPARTIR HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO lo considera asunto pasado en autoridad, de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento. Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostática.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los diecinueve (19) días del mes de Septiembre de Dos Mil Ocho. (L.S.) Juez Unipersonal Nº 01(fdo) Abog. Reyna de Varela, la secretaria (fdo) Abog. Sandra Martínez. El anterior traslado es fiel y exacto de su original. LO CERTIFICO en la ciudad de Barinas a los diecinueve .....