Por las razones antes señalados este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos Wilfredo Antonio Clark Flores, José Ramón Noguera Vega, Lourdes Esmeralda Cárdenas Zambrano, Miriam Delfina Pernia, Marilus Josefina Suárez De Márquez, Pablo Delgado Duque, Luis Humberto Ramírez Lugo, Serafín Enrique Márquez Sánchez y Alfonso del Coromoto Medina Moreno, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.733.449, 4.955.304, 6.859.788, 11.491.285, 11.337.176, 13.587.518, 4.018.323, 10.275.970 y 3.792.740, en su orden, actuando en su condición de Concejales del Concejo Municipal del Municipio Cárdenas del Estado Táchira; Pablo Leonardo Castillo Abad, Francisco Rosales Ramírez, Liliana Fernández De Araujo, José Tirso Sánchez Noguera, Ros.....