En mérito de lo antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos JOSE FRANCO DE ROBERTIS MIRIZZI Y LODINEY ORTIZ SUPERLANO, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nº V- 7.270.123 y V- 11.536.839, respectivamente, con fundamento en el artículo 185-A, del Código Civil, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ante la Prefectura, Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Barinas, Estado Barinas, en fecha 03/07/1992, Acta Nº 94, copia certificada, folio 03, ASI SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Est.....