se declara bastante y suficiente las justificaciones evacuadas para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana Nelly de Jesús Mora Vega de Salas ya identificada, sobre unas mejoras y bienhechurías enclavadas en una parcela de terreno de su propiedad, signada con el número 130, que consta de seiscientos ochenta y un metros cuadrados (681 Mts2), ubicada en el sub-sector B-36 de la urbanización Alto Barinas, Jurisdicción del Municipio Autónomo Barinas del Estado Barinas y de las comprendidas en el documento de parcelamiento número 9, de Sageco S.A., cuyos linderos son los siguientes: norte: parcela número 131, en treinta y ocho metros con cincuenta centímetros (38,50 Mts); sur: parcela número 129, en treinta y ocho metros con cincuenta centímetros (38,50 Mts); este: parcela destinada a Primaria en diecisiete metros con setenta centímetros (17,70 Mts) ; y oeste: transversal número 3, que es su frente, en diecisiete metros con setenta centímetros (17,70 Mts); consi.....