PRIMERO: Se declara con lugar la confesión ficta, en la presente causa, de conformidad a lo establecido en el articulo artículo 108 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, en concordancia con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil, en el artículo 362.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara con lugar la demanda de desalojo, intentada por la ciudadana Cristina Chinchilla, contra la ciudadana Karina del Carmen Duarte, anteriormente identificadas, fundamentada en el artículo 91, ordinal 2 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
TERCERO: Se ordena a la ciudadana Karina del Carmen Duarte, antes identificada hacer entrega del inmueble ubicado en la urbanización Los Pozones III, hoy conocida como José Antonio Páez, sector 03, etapa III, calle Nº 16, casa Nº 18, de esta ciudad de Barinas estado Barinas, a la parte accionante.
CUARTO: No se ordena notificar a las partes y/o a sus apod.....