declara como únicos y universales herederos del de-cujus José Antonio Montilla Torres, a los ciudadanos Jonathan Frey Montilla Espinoza, Youdder José Montilla Espinoza, Johan Manuel Montilla Espinoza, Joseline Maitte Montilla Espinoza, Jhoger Antonio Montilla Espinoza, y Carmen Elisa Espinoza de Montilla, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 13.501.085, 15.462.046, 15.462.048, 15.462.047, 15.462.045 y 3.914.913, respectivamente, en su condición de hijos y cónyuge respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros.