PRIMERO: El Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 22 de Septiembre de 2005, dictó Sentencia Condenatoria al Acusado JUAN JOSE OVIEDO, ya identificado, a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOSY NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN y las penas accesorias de ley, por la comisión de los delitos de: TENENCIA Y POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los Artículos 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Art. 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano.
SEGUNDO: Aplicando el Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: "Se descontará de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso...", se obtuvo el siguiente resultado: el Penado JUAN JOSE OVIEDO, fue detenido preventivamente el día: 25-05-2005, hasta la presente fecha 21-11-2005, ha cumplido CINCO (05) MESES Y VEINTISIET.....